jueves, 31 de enero de 2013

Procuraduría dejó en firme las sanciones proferidas contra exalcaldes de Guachené y Puerto Tejada (Cauca)


Los exmandatarios omitieron adelantar el proceso de selección objetiva del contratista en la celebración de los contratos de suministro 001 y 002 de 2008.

Por irregularidades contractuales, la Procuraduría General de la Nación dejó en firme la sanción consistente en suspensión por el término de cuatro meses impuesta a los señores Jesús Élver González Banguero y Elver Marino Montaño Mina, en su condición de exalcaldes de los municipios de Guachené y Puerto Tejada (Cauca), respectivamente.

Los hechos están relacionados con la celebración de los contratos de suministro números 001 y 002 de 2008, cada uno por valor de $106.920.000, suscritos con el objeto de adquirir textos de consulta para instituciones educativas de los citados municipios, sin adelantar previamente el proceso de selección abreviada que consagra la Ley 1150 de 2007, con lo cual se vulneró el principio de transparencia.

El Ministerio Público calificó las faltas de los exmandatarios como graves cometidas a título de culpa grave.

Dado que los disciplinados ya terminaron su período como alcaldes municipales de Guachené y Puerto Tejada, y no se advirtió que estuviesen ejerciendo otro cargo público, la Procuraduría Provincial de Santander de Quilichao convirtió el término de la suspensión en salarios de acuerdo al monto de lo devengado para el momento de la comisión de la falta, por tanto, en aplicación del artículo 46 de la Ley 734 de 2002 cada uno de los exmandatarios debe cancelar a los municipios de Guachené y Puerto Tejada la suma de $9.680.912.

Estas decisiones de primera instancia proferidas en contra de los señores González Banguero y Montaño Mina quedaron debidamente ejecutoriadas por cuanto los sujetos procesales no interpusieron recurso alguno dentro del término legal.

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