El Juzgado 8 Penal Municipal de Bogotá, con función de control de
garantías, negó la solicitud de libertad provisional por vencimiento de
términos a seis de los implicados en el desfalco a la Dian y dijo que en este
proceso se ha respetado el debido proceso y se han brindado las suficientes
garantías a las partes.
La defensa de Luz Adriana Matamba Sepúlveda, Katerine Cano, Yazmín
Viviana Silva, Andrea Botina Montero, Fernando Quiceno Cruz y Erwin Enrique
Martínez hizo la solicitud asegurando que se superaron 360 días sin que les
hubiesen resuelto la situación judicial y por lo tanto ya se había superado el
término para acceder a la libertad provisional.
Sin embargo, la Fiscalía refutó esta petición diciendo que las
dilaciones fueron responsabilidad de la defensa porque pidieron reiteradamente
aplazamientos para estudiar el cúmulo de elementos materiales probatorios en
contra de los imputados.
Asimismo, el ente acusador indicó que en diversos fallos de la
Corte Suprema y el Tribunal Superior de Bogotá se ha expresado que el tiempo no
es la única razón para otorgar este beneficio, sino que deben tenerse en cuenta
factores objetivos y subjetivos como la complejidad de los delitos, número de
personas procesadas, el comportamiento de las autoridades y de las partes en el
proceso.
Los procesados son acusados por los delitos de concierto para
delinquir, lavado de activos, enriquecimiento ilícito, peculado por
apropiación, exportación ficticia, fraude procesal y falsedad en documento
público.
El pasado 17 de diciembre, la Jueza 47 Penal Municipal de Bogotá
con funciones de control de garantías había negado la libertad provisional por
vencimiento de términos a Miriam Teresa Peña Palacios, Antonio Ramón Angulo
Hernández y Raúl Vargas, implicados en el mismo proceso mediante el cual se
investiga quienes son los responsables del desfalco a la Dian.
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