sábado, 8 de diciembre de 2012



SEGURIDAD JURÍDICA EN EL FUERO MILITAR


Por Leopoldo de Quevedo y Monroy
Loco-mbiano

Exmagistrados, expertos y el excanciller Rafael Nieto han conceptuado favorablemente* sobre la expedición de una reforma a la Constitución sobre el fuero militar que salvaguarda a la fuerza pública del estado en sus actos de servicio cuando cumplen órdenes. A esta posible enmienda se le ha querido dar el énfasis de que es para dar seguridad jurídica a los uniformados.

Sin embargo, su opinión contrasta con la mirada internacional que ha hecho observaciones perentorias de escepticismo a este intento del Gobierno.

El ministro de defensa, y hoy el jefe del Ejecutivo, ha defendido con ceño fruncido y voz de general en jefe el proyecto de acto legislativo que ya entrará el martes a su último debate, el definitivo, antes de que quede en firme y pase a ser sustitutivo del artículo 221 de la CN.

No han valido los reiterados llamados de Bruno Moro, Coordinador para Colombia de la ONU ni del director de la HRW, José Miguel Vivanco*. También el Presidente de la CIDHI que aseguró que el proyecto de reforma no cumple con los estándares que ordena la OEA. El gobierno y muchos legisladores se inclinan por dar mayores gabelas a los militares para que obren con más libertad en el campo de combate o cuando salen a cumplir una misión permanente en territorios alejados de la mirada pública.

También hay expertos que han dicho que el artículo 221 vigente, que fue redactado el año 91 con la sobriedad constitucional que dicta el Derecho, brinda suficiente seguridad jurídica a la Fuerza pública y que no hay necesidad de dejar portillos abiertos con la nueva redacción que se ha sometido a la aprobación del Congreso.

Muchas vueltas, aparentemente, ha tenido el texto propuesto. El congreso, sin embargo, acaba de aprobar el ascenso de altos oficiales, algunos de los cuales no garantizaron la fe pública de merecimientos. El Congreso, a puerta cerrada, dijo sí a los candidatos que los mismos mandos cooptaron y presentaron a su consideración. Por eso es preocupante que suceda lo mismo el martes y, a pupitrazo urgente, - porque ya no hay más tiempo-, se apruebe el texto con la temida enmienda que ha sido advertida como malsana por los defensores nacionales e internacionales de Derechos Humanos.

Dar una orden y hacer las reglas, salvar por medio de la constitución unas conductas mientras se presta el servicio, o con ocasión del él o tras el tiempo del servicio, puede ser muy peligroso para la seguridad ciudadana que es tan importante como la seguridad que buscan los militares. Si se ponen en la balanza estas dos seguridades, va a quedar en la bandeja más baja la de los civiles, de las mujeres, las niñas en regiones o circunstancias donde nadie vigila las conductas de quien “está en servicio”.

El papel puede con la letra y lo escrito en el proyecto que ya lleva siete debates aprobados, podrá ser aprobado por unas bancadas afectas al gobierno. El ministro quedará feliz de haberle cumplido a sus generales y dejado tranquilos a los soldados que se sobrepasan en el cumplimiento de las órdenes en terrenos alejados. Pero, de aquí a mañana, no tardaremos de ver en las páginas de los periódicos que la Corte Internacional de Justicia hace devolver a la Justicia ordinaria, como ocurrió hace poco, lo que los tribunales militares ya habían fallado a favor de sus subalternos.

Ya son muchos los casos que han sido presentados con el disfraz del servicio y el ojo bizco ha sido la regla de quien la hizo para juzgarlos. Lo del grafitero, las niña de 14 años violada en Arauca, los jóvenes de Soacha hallados en Santander y presentados como guerrilleros, son una muestra de lo que puede seguir ocurriendo. Si a ojos vista los militares andan en contravía sin reato por las calles, maltratan a una periodista, ¿qué esperaremos si se les ampara con las seguridades adicionales que se buscan con esta enmienda?

07-12-12                                2:17 p.m.

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